Se establece una deducción extraordinaria, aplicable en 2020, del 10%, con límite máximo de 1.500€ (base de deducción de 15.000€) a las cantidades aplicadas por el contribuyente a obras de renovación que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Que sean ejecuciones de obras de renovación en la vivienda habitual de su propiedad.
2.- Que la vivienda tenga una antigüedad mínima de 10 años.
3.- Que las obras:
a.) Estén sometidas a licencia municipal de obras.
b.) Se inicien desde el 6 de Mayo hasta el 31 de Diciembre de 2.020.
c.) Tengan un presupuesto de ejecución material como mínimo de 3.000€.
d.) Estén justificadas con las facturas correspondientes.